Esta semana me visitó un cliente que tiene un amigo que llegó recientemente a Estados Unidos y pidió refugio. Me preguntó cuáles eran las posibilidades de que su amigo pudiera pedir refugio en la frontera canadiense.
Le expliqué que dados los cambios que hizo el año pasado el Gobierno canadiense al concepto de elegibilidad bajo la Ley de Inmigración y Protección de Refugiados, y que en estos momentos únicamente aplica ahora a Estados Unidos, cuando una persona pide refugio en ese país y luego quiere pedir refugio en Canadá ya no es elegible. Y no lo es porque ya solicitó el refugio en el que sería un primer país seguro al que llegó.
No obstante, hay que considerar los procedimientos, que igual pueden ser de beneficio para las personas que vienen huyendo de sus países de origen y que buscan protección en Canadá.
Para que alguien pueda pedir refugio en Canadá, si ya lo pidió previamente en Estados Unidos, tiene que caer dentro de una de las excepciones del Acuerdo del Tercer País Seguro que entró en vigor en el año 2004 entre Canadá y Estados Unidos. Y este acuerdo básicamente establece que una persona no puede solicitar refugio en Canadá si está en Estados Unidos, a menos que tenga un pariente en Canadá, que venga de un país que no requiere visa para venir a Canadá, o que sea un menor de edad, es decir menor de 18 años.
Pero a pesar de que no podrá pedir refugio, si esa persona cumple con alguna de las excepciones del Tratado del Tercer País Seguro, y solicitó refugio en Estados Unidos, se le da la oportunidad de hacer un pedido a través de una revisión de su caso, que va a determinar si corre riesgo si es regresado a su país de origen. Esta revisión es lo que en inglés se llama Pre Removal Risk Assessment, que es conocido como PRRA.
Esto significa que a la persona se le va a dar un formulario que deberá completar en 15 días y deberá enviarlo a la oficina que lo va a evaluar, y después tendrá otros 15 días en los cuales deberá enviar sus argumentos en término de los problemas que tendría si es regresado a su país de origen o al país en el cual teme persecución.
La persona debe demostrar que su seguridad física correría riesgo o que podría ser víctima de tortura. También podría demostrar que cumple con los requisitos que debe cumplir un refugiado por convención, que es que la persona está siendo perseguida en el país de origen por su nacionalidad, por su raza, por pertenecer a un grupo social en particular, por su opinión política o por su religión.
Se tiene que enviar la historia de los problemas que la persona ha tenido y con esta también se tiene que enviar toda la documentación que va a corroborar que lo que está diciendo en realidad le podría suceder si es regresado al país de origen.
Aparte de la documentación y de la historia, también se tiene que demostrar que la persona no va a tener protección en su país de origen porque su Gobierno es tal vez quien lo está persiguiendo, o porque el Gobierno o las autoridades de su país no lo pueden proteger dado que los grupos que lo persiguen son muy poderosos.
De igual forma se tiene que demostrar que no hay ningún lugar o zona del país en que se regrese a la persona donde pueda estar a salvo o tener una vida razonablemente normal: trabajo, estudio, beneficios de salud etc. Si no se está argumentando que la persona cumple con los requisitos para ser considerado como refugiado por convención, pero sí se está diciendo que es una persona que corre riesgo de ser maltratado si regresa a su país de origen, también se debe demostrar que el riesgo que está corriendo no es generalizado. Es decir, que no es que le pueden robar o que lo pueden extorsionar porque se estén dando muchos casos de delincuencia en el país, sino que debe demostrar que él o ella fue individualizada, que directamente fue elegida blanco u objetivo para la persecución.
Lo que va a suceder es que una vez que la persona hace su solicitud en la frontera, van a permitir la entrada en el país y va a tener derecho a un permiso de trabajo. Si viene con niños, estos van a tener derecho a estudiar, y en algún momento va a tener una audiencia, la cual no es exactamente como las que se realizan ante el Consejo de Inmigración y Refugiados. No es tan formal y en el caso de estas personas es obligatoria. Otros casos de PRRA no tienen audiencias a menos que el funcionario decida que debe establecerse la credibilidad del solicitante, pero en el caso de los que han pedido refugio en Estados unidos deben obligatoriamente tener una audiencia.
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En dicha audiencia la persona va a tener que contar ante un funcionario su historia para demostrar el temor de regresar a su país. El funcionario va a conducir la audiencia destinada a aducir la información necesaria del caso para poder llegar a una conclusión de si necesita o no la protección del Gobierno canadiense. Se le va a dar la oportunidad de explicar su caso y de responder a las preguntas claves que tenga el funcionario que le esté haciendo encargado de la audiencia. Generalmente lo más importante en este tipo de situaciones es la credibilidad del cliente, así como también la documentación que se pueda presentar.
Después se le va a dar una oportunidad para hacer un argumento legal que explique por qué la persona debería ser aceptada como alguien que necesite protección. Se le da la oportunidad de enviar esta defensa del caso por escrito. El representante legal se encargará de preparar este argumento.
Luego se va a tomar una decisión, la cual se va a basar en la totalidad de la evidencia que fue presentada en esa audiencia, los documentos presentados, la credibilidad del cliente y en los argumentos que se hayan enviado por escrito. No pueden tomar una decisión sobre cuestiones que no se hayan discutido en esa audiencia. Si hay información adicional que el oficial haya recibido de todas formas, a la persona se le tendría que dar la oportunidad de responder a esa nueva evidencia ya sea en una audiencia adicional o por escrito.
Si la persona es aceptada, tal y como sucede en el caso de los refugiados, recibe una carta de aceptación y puede iniciar de inmediato el trámite para la residencia permanente, el cual tarda aproximadamente 20 meses. Y una vez obtenga la residencia permanente, dejará de ser una persona que necesita protección y gozará de todos los beneficios que tienen todos los residentes permanentes de Canadá. Ahora, si lo rechazan, tendrá la posibilidad de pedir una revisión judicial de su caso ante la Corte Federal de Canadá.
A pesar de que las personas que han pedido refugio en Estados Unidos no pueden pedir refugio, este proceso les da la oportunidad de presentar el caso y si cumple con los requisitos legales pueden de todas maneras recibir protección del Gobierno canadiense. No se debe pensar que porque es un proceso informal es menos complicado que un caso de refugio. No se trata de llenar formularios solamente. Hay que cumplir con requisitos legales. Por lo tanto, busquen ayuda legal para ser representados.