A partir de diciembre del 2018, el manejar bajo los efectos del alcohol pasará de ser un simple delito criminal por el cual una persona podría recibir hasta 5 años de cárcel, a un delito de criminalidad seria que lleva una sentencia máxima de hasta 10 años de cárcel. Este cambio en la ley penal tendrá graves implicaciones para los residentes permanentes de Canadá que sean encontrados culpables del delito, ya sea en Canadá o en cualquier país, y para los aspirantes a obtener la residencia permanente.
Porque ser encontrado culpable de un delito por el cual una persona pudiera recibir hasta 10 años de cárcel automáticamente convierte a la persona en inadmisible a Canadá por razones criminales.
En el caso de un residente permanente, al ser inadmisible, el Departamento de Servicios Fronterizos (CBSA) escribirá un reporte alegando la inadmisibilidad de la persona y como resultado tendrá una orden de deportación. Esta orden de deportación podrá ser apelada ante la Corte de Apelaciones de Inmigración, dependiendo de la sentencia recibida. Si la sentencia fue de menos de seis meses, la persona puede apelar; pero si la sentencia fue de seis meses o más, pierde el derecho de apelar ante la Corte de Apelaciones. Y al no poder apelar, lo más probable es que sea deportado.
Si el residente permanente es condenado por el delito de manejar bajo la influencia del alcohol fuera de Canadá, por ejemplo, mientras está de vacaciones, esto también resultará en el que el residente permanente sea declarado inadmisible.
Es importante notar que la ofensa es simplemente manejar bajo los efectos del alcohol, no estamos hablando de manejar bajo los efectos del alcohol que resulte en daños o muerte.
Ahora bien, ¿qué sucede si un residente permanente es encontrado culpable de la ofensa de manejar bajo los efectos del alcohol, le dan seis meses de cárcel o más y al cumplir la sentencia se le da una orden de deportación? Si le han dado cárcel por seis meses o más, lo único que puede hacer es pedir una revisión judicial ante la Corte Federal. Pero la Corte Federal sólo puede revisar el caso y no puede tomar ninguna consideración fuera de lo que estaba delante del adjudicador en el momento de dar la orden de deportación, por lo que el resultado más seguro será que la orden de deportación continúe y la persona sea deportada de Canadá.
Si el residente es encontrado culpable pero el juez le da una sentencia de menos de seis meses, al cumplir la sentencia quedará en manos de los agentes de Servicios Fronterizos, quienes escribirán un reporte declarándolo inadmisible a Canadá por criminalidad seria y, dado que en ese caso la sentencia es menos de seis meses, tendrá derecho a una apelación ante de la Corte de Apelaciones de Inmigración, lo cual hace una diferencia enorme en el resultado final.
El CBSA tiene opciones en la forma de proceder en este caso. Una opción es que antes de dar la orden de deportación hagan una evaluación de la vida de la persona en Canadá en términos de su trabajo, si ha tenido problemas con las autoridades en el pasado, estudios, relaciones familiares, involucramiento social, cómo será afectada su familia si es deportado y cómo será afectada la persona misma si es deportada. Al hacer esta evaluación, si el oficial decide que hay razones humanitarias y de compasión que ameritan “perdonarlo”, no se lo mandará a una audiencia y por lo tanto no habrá deportación, pero sí habrá una advertencia de no cometer otro delito.
[perfectpullquote align=»left» bordertop=»false» cite=»» link=»» color=»» class=»» size=»»] La otra opción más probable es que sí se le envíe a una audiencia de inadmisibilidad en la cual se le dará una orden de deportación[/perfectpullquote]
Pero la otra opción más probable es que sí se le envíe a una audiencia de inadmisibilidad en la cual se le dará una orden de deportación. Lo que yo estimo que sucederá en estos casos es que la persona presentará su notificación de apelación ante la Corte de Apelaciones (se debe hacer antes de 30 días después de haber recibido la orden de deportación) y antes de decidir si la persona tendrá una audiencia ante el tribunal de apelaciones, el CBSA hará una evaluación similar a la que expliqué arriba. Esto por supuesto dependerá del récord policial que tenga la persona. Si es la primera vez que ha tenido problemas, tal vez suspendan la deportación con condiciones a cumplir y a reportarse cada seis meses durante tres o cuatro años al final del cual la deportación quedará eliminada.
Pero si se llega ante el tribunal, entonces se deberá argumentar que hay razones humanitarias y de compasión por lo que se le debería anular la orden de deportación y permitirle quedarse en Canadá. Lo más probable es que se le suspenda la deportación y, como en la práctica anterior, se ponga a la persona con condiciones a reportarse cada seis meses por un periodo específico, al final del cual, si cumplió con las condiciones, se le anule la orden de deportación. O si no cumplió con las condiciones, se le deporta.
Lo que se debe probar ante el tribunal en este caso es que el delito fue un acto aislado de la persona y no un patrón de vida. Así, es una buena idea que comience a asistir a Alcohólicos Anónimos u otra institución que lo ayude a controlar la adicción. En mi experiencia, las personas generalmente se niegan a asistir a este tipo de ayuda porque dicen que no son alcohólicos y hasta se ofenden. El hecho es que ha sido encontrado culpable de manejar en estado de ebriedad y a este punto es irrelevante si es o no es alcohólico. Cualquier discusión al respecto se debió hacer ante el juez cuando se estaba defendiendo la acusación inicial o apelando la convicción de la corte criminal.
Para el momento en que estamos en el tribunal de inmigración lo único que podemos defender es la deportación. Por lo tanto, un documento demostrando que ha tomado medidas para solucionar el problema que lo llevó a la deportación es una excelente prueba de que no volverá a caer en el mismo delito.
Aparte de esto, también hay que probar el establecimiento social, financiero y familiar. Hay que hablar de la edad en la que llegó la persona a Canadá y lo que hecho desde su llegada. Hay que demostrar los trabajos, estudios y trabajos voluntarios que ha emprendido; la dependencia intrafamiliar; cómo será afectada la familia residente o ciudadana en Canadá si es deportado, y qué sucederá con la persona misma si es deportada; qué posibilidades de trabajo tiene en el país de origen; cuál es la situación de los derechos humanos en el país al que será deportado, etc.
Esta ley es draconiana y muy injusta. El Senado ha tratado de incluir una sección que no afecte a los residentes permanentes, pero al regresar el proyecto de ley a la Cámara Baja del Parlamento, la sección agregada por el Senado no fue aceptada. Es una ley muy injusta que una vez más pone a los residentes permanentes y a las personas que quieren inmigrar a Canadá en desventaja por un delito que hasta diciembre es considerado menor.